Cuando el presidente Hugo Chávez no pudo juramentar el cargo el 10 de enero de este año, como está previsto en la Constitución venezolana, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ),dictaminó que el tema de la fecha era relativo y que el entonces presidente electo juraría cuando pudiera hacerlo.
Cuando murió Chávez, sin haber asumido sus funciones presidenciales para el nuevo periodo, debió sustituirlo el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, como está previsto en la Constitución.
El Tribunal Supremo de Justicia, dictaminó que no era necesario. Ratificó a Maduro como vicepresidente y Presidente Encargado en funciones.
Ahora cuando Maduro es declarado vencedor por el Consejo Nacional Electoral (CNE), por un estrecho margen, el candidato opositor Henrique Capirles pide un conteo manual de los votos, una auditoria. Sin embargo, la presidenta del CNE dice que el comprobante de voto es un simple recibo y la presidenta del TSJ remata el concepto afirmando que en Venezuela el conteo manual de los votos no existe; es automatizado.
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