Por Teodoro Petkoff / Tal Cual
Resulta muy sospechosa la insistencia de Maduro y su combo en solicitar de la Asamblea Nacional una Ley Habilitante a sabiendas de que no cuentan con los votos suficientes para lograr ese cometido. La única manera como alcanzarían el número de votos necesario es si un diputado de la oposición traicionase su compromiso con sus electores y saltara la talanquera, tal como reza la ya tan popular expresión.
Aunque esta gente ha hecho con la Constitución lo que le ha dado la gana, no está de más recordar lo que ella dice sobre la aprobación de leyes habilitantes, para dejarle a la historia un testimonio -¡uno más!- de estos tiempos desoladores. En su artículo 203 se establece, textualmente: “Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional POR LAS TRES QUINTAS PARTES DE SUS INTEGRANTES…”. Aquí no hay tutía. Una ley habilitante, que otorga poderes especiales al Presidente para que este pueda legislar por decreto, implica una dejación de poderes por parte del Parlamento, que los cede temporalmente al Presidente, por un plazo perfectamente definido en la propia ley. Es decir, las leyes habilitantes no son “indefinidas”.
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