
Ovario II dice: Aquí vemos una foto vieja que muestra a Fidel, Hugo su Primera Dama y Raúl Vicepresidente sin dama porque Mario Silva no pudo ir.
Por Jesús Antonio Petit da Costa
Miércoles, 26 de diciembre de 2012
En estos momentos Venezuela no tiene presidente constitucionalmente en ejercicio. Ni titular ni encargado. Hay, pues, un vacío de poder, o acefalía, que ha sido llenado por los hermanos Castro de Cuba. Ellos han asumido directamente el gobierno de Venezuela, fingiendo que lo hace el enfermo. Es un desafío para todos los venezolanos, civiles y militares. Una prueba para saber si todavía nos queda un mínimo de honor y vergüenza.
1.- La autorización al Presidente de la República para salir del país no es una mera formalidad, sino un acto de control de la política exterior (control político). Por ello, el viaje al extranjero del Presidente de la República sólo se justificaría cuando se relaciona con la política internacional. Así lo sostiene la doctrina.
El viaje de El Tirano para ir a tratarse en Cuba jamás debió ser autorizado, vistos sus antecedentes. Al autorizarlo todos los diputados que votaron a favor, incluyendo a los de oposición, aceptaron que es política exterior de Venezuela la sumisión colonial a Cuba, a tal extremo de entregarle el gobierno de Venezuela, puesto que el enfermo no puede ejercerlo mientras se encuentre en un estado físico y mental que lo incapacita, lo que se presume porque se oculta el cuerpo y se guarda el secreto médico. Nada justifica dar el consentimiento a una traición a la patria y a un agravio irreparable al honor y la dignidad nacional.
2.- La Constitución dispone: “la ciudad de Caracas es el asiento de los órganos del Poder Nacional” (Art.18). Agrega: “Lo dispuesto en este artículo no impide el ejercicio del Poder Nacional en otros lugares de la República”.
Como se ve, la Constitución establece la TERRITORIALIDAD DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, al disponer expresamente que sólo puede ejercerse estando el mandatario dentro del territorio nacional. Nunca en el extranjero. Es INCONSTITUCIONAL, por consiguiente, el ejercicio de la presidencia de la República en y desde territorio extranjero.
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